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El informe "socioambiental" es una medida previa para resolver el lugar de detención que el juez Jorge Gorini podría definir el miércoles próximo.
El departamento de la ex presidenta Cristina Kirchner ubicado en la calle San José y Humberto Primo es "apto" para cumplir allí la prisión domiciliaria. Así lo resolvieron los especialistas de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, que presentaron ayer el informe al Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py, encabezado por el juez Jorge Gorini, quien debe resolver el pedido de los abogados de la ex mandataria para que cumpla allí los seis años de prisión.
El informe "socioambiental" es una medida previa para resolver el lugar de detención que Gorini podría definir el miércoles próximo, límite que el magistrado dio para que Cristina se presente ante el TOC 2, tras la decisión de la Corte Suprema de confirmar la condena por la causa Vialidad.
El informe no solo describe "apto" el departamento que en los últimos días se convirtió en el foco del respaldo de miles de militantes kirchneristas sino que también informa sobre las inmediaciones de la zona, el barrio en general, la actividad vehicular y peatonal, y las características de las viviendas lindantes.
La conclusión del informe no es obligatoria para que Gorini haga lugar el pedido de prisión domiciliaria sino un elemento entre otros que podrá analizar el juez del TOC 2.
Este viernes, los abogados defensores de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy presentaron el pedido formal de prisión domiciliaria con tres argumentos centrales: razones de seguridad, de edad y ausencia de riesgo de fuga. Y solicitaron que mientras se resuelva el lugar de detención, Cristina inicie la detención provisoriamente bajo la modalidad de detención domiciliaria en el departamento de Constitución.
Los letrados advirtieron que, en caso de que denieguen la solicitud de la prisión domiciliaria, acudirán ante la Corte Suprema y los organismos internacionales competentes en materia de Derechos Humanos. En lo jurídico, los abogados argumentaron que la Convención Americana de Derechos Humanos y las denominadas “Reglas de Mandela” asisten el derecho de toda persona privada de su libertad a recibir un trato digno y humanitario.
Beraldi y Llernovoy remarcaron, por un laldo, que Cristina supera los 70 años y recordaron la protección contemplada en la ley nacional y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Al margen del factor de la edad, indicaron que la prisión domiciliaria resulta de “adecuación razonable y necesaria” en este caso por razones de estricta seguridad por el hecho de haber sido presidenta de la Nación.
En ese sentido, resaltaron que encerrar a Cristina Kirchner en una institución carcelaria supondría "dejar sin efecto la custodia que le corresponde" como ex presidenta de la Nación, ya que "no puede cumplir sus funciones dentro de un establecimiento penitenciario".
Por otra parte, recordaron que "durante la sustanciación de la etapa final de la audiencia de debate celebrada en el presente proceso nuestra defendida fue víctima de un intento de homicidio", que no se consumó “por circunstancias absolutamente fortuitas". Al respecto, indicaron que, "si bien los autores materiales de la maniobra actualmente están siendo juzgados", el Poder Judicial no avanzó sobre los "autores intelectuales", quienes se encuentran "libres" y representan un peligro.
Sobre este punto, señalaron que "una de las personas sospechadas (en alusión a Gerardo Milman, a quien no nombraron) tiene relación directa con quien actualmente se desempeña como titular del Ministerio de Seguridad de la Nación (Patricia Bullrich), en cuya órbita actúa, precisamente, el Servicio Penitenciario Federal".
Por las razones de seguridad apuntadas, y en particular por por haber sido víctima de un intento de magnicidio, los letrados sugirieron con énfasis dejar de lado "cualquier posibilidad de que la ex Presidenta de la Nación comparta lugares comunes con otros internos y que sea sometida a un sistema de supervisión continua".
Beraldi y Llernovoy recordaron que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos "han objetado en forma expresa los regímenes de vigilancia extrema o supervisión permanente, en tanto resultan lesivos con estándares elementales que hacen a la dignidad humana".
Al respecto, citaron el caso de Milagro Sala, a quien producto de un régimen de vigilancia muy severo se le impidió interactuar con periodistas y se la monitoreaba hasta cuando debía realizar sus necesidades fisiológicas.
En otro orden, los representantes legales de Cristina Kirchner pidieron que todas las notificaciones personales "sean practicadas por medio de una audiencia virtual", dado que cada vez que la ex presidenta "debió concurrir a la sede judicial se realizó un especial operativo de seguridad, el cual, en la actual coyuntura, podría requerir aún un mayor despliegue".
Otro argumento a favor de que le concedan la prisión domiciliaria es la ausencia de riesgo procesal de fuga, toda vez que "durante todo el proceso nuestra representada dio pruebas inequívocas de estar sometida al accionar de la justicia".
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